La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires debatirá en los próximos días un proyecto que busca endurecer las sanciones contra los denominados “trapitos” o cuidacoches informales. La iniciativa, impulsada por el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, y por la legisladora María del Pilar Ramírez, propone modificar el Código Contravencional con el objetivo de combatir una práctica que genera constantes reclamos de vecinos y automovilistas.
La propuesta surge como respuesta al crecimiento de esta actividad en las inmediaciones de estadios, recitales, parques y otros eventos masivos, donde el cobro por estacionar vehículos suele estar acompañado por situaciones de presión, intimidación o apropiación indebida del espacio público.
Según los fundamentos del proyecto, las sanciones actualmente vigentes no resultan suficientes para desalentar la actividad. Los impulsores de la reforma sostienen que la baja gravedad de las penas favorece la reincidencia y dificulta la intervención efectiva de las autoridades.
Uno de los cambios más relevantes es la modificación de los artículos 91 y 92 de la Ley N.º 1.472. El nuevo esquema establece una diferenciación entre quienes realizan la actividad de manera individual y quienes forman parte de organizaciones o estructuras que coordinan el cobro ilegal en determinados sectores de la ciudad.
La iniciativa contempla que quienes ofrezcan o presten servicios de estacionamiento, cuidado de vehículos o limpieza de parabrisas sin autorización puedan recibir sanciones que van desde diez hasta treinta días de arresto, trabajos de utilidad pública de entre veinte y cuarenta y cinco días o multas que podrían alcanzar las 7.000 unidades fijas, equivalentes a más de seis millones de pesos.
Además, se incorpora la posibilidad de que la Justicia imponga restricciones de acercamiento o prohibiciones de concurrencia a los lugares donde se cometió la contravención. Esta medida busca evitar la reiteración de las conductas en zonas donde habitualmente operan los infractores.
El proyecto también incorpora agravantes específicos. En aquellos casos donde exista intimidación, amenazas, aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad o persistencia en la conducta, las sanciones podrán duplicarse. Esta disposición se aplicará siempre que los hechos no configuren un delito penal de mayor gravedad.
La reforma pone especial atención en los esquemas organizados que suelen desplegarse durante eventos masivos. Según el análisis realizado en el ámbito legislativo, en muchos casos existe una distribución territorial coordinada y una estructura jerárquica detrás de la actividad, situación que justifica la aplicación de penas más severas.
Para quienes sean identificados como organizadores, coordinadores o responsables de estos grupos, el proyecto prevé sanciones de hasta sesenta días de arresto. Asimismo, habilita la posibilidad de impedirles el acceso a programas sociales, subsidios y beneficios estatales durante un período de hasta dos años.
Las penas serán aún más rigurosas cuando la actividad se desarrolle en las inmediaciones de espectáculos deportivos, recitales u otros eventos de gran convocatoria. En estos casos, si el cobro ilegal se produce dentro de un radio de cincuenta cuadras y durante las seis horas previas o las tres posteriores a la finalización del evento, las sanciones podrán oscilar entre quince y cincuenta días de arresto para los participantes directos.
Por su parte, quienes ejerzan funciones de organización dentro de estas estructuras podrán enfrentar penas de entre cuarenta y cinco y sesenta días de arresto.
Otro aspecto novedoso de la propuesta es la posibilidad de instalar oficinas móviles del Ministerio Público Fiscal en las cercanías de los eventos masivos. El objetivo será facilitar la recepción inmediata de denuncias por parte de conductores o vecinos afectados por estas prácticas.
La iniciativa también incorpora responsabilidades para clubes, asociaciones y entidades organizadoras de eventos. Si se comprobara la participación directa o indirecta de personas vinculadas a estas instituciones en la organización de la actividad ilegal, podrían aplicarse multas de hasta 20.000 unidades fijas, equivalentes a cerca de 19 millones de pesos.
Además de las sanciones económicas, la normativa contempla la posibilidad de clausurar instalaciones por períodos que podrían extenderse entre treinta y noventa días, dependiendo de la gravedad de cada caso.
Finalmente, el proyecto establece que los jueces deberán informar a los infractores sobre la existencia de programas de asistencia social y laboral dependientes del Gobierno porteño. No obstante, quienes sean considerados responsables de organizar o promover estas actividades podrían quedar excluidos de esos beneficios por un plazo de hasta dos años.
Con estas modificaciones, el Gobierno de la Ciudad busca fortalecer las herramientas legales disponibles para enfrentar una problemática que desde hace años genera controversias y reclamos en distintos puntos del territorio porteño, especialmente durante eventos de gran concurrencia.